La piedra natural es prácticamente el único material de construcción que se coloca en obra tal como sale de la naturaleza. Durante los procesos de producción no se produce ningún tipo de cambio en su estructura, composición o manufactura más allá del corte y rectificado del acabado superficial de las piezas.
Entre las particularidades de la piedra natural se hace necesario admitir ciertas variaciones, en cuanto a color, veteado o morfología. Variaciones que no constituyen defectos sino singularidades del material, tal como establece la normativa europea. Cuando en un proyecto u obra lo que se pretende es conseguir la homogeneidad total en los acabados, la piedra natural no suele ser la mejor alternativa para pavimentos y revestimientos de interior o exterior.
Gracias a la naturaleza disponemos de un amplio abanico de piedras naturales de diferentes propiedades y colores en función de la zona geográfica en la que nos localicemos. Incluso, dentro de una misma explotación o cantera pueden existir diferencias en la misma piedra debidas, entre otras cosas, a las zonas de explotación más o menos profundas en las que se extrae en cada momento.
La normativa es flexible y permite como singularidades del material cualquier variación visible tal como grietas, inclusiones, cavidades, estatolitos y vetas en la medida en la que sean típicas de la piedra y no afecten negativamente a su rendimiento como producto de construcción. Por otra parte, las piezas rotas, piezas con fisuras abiertas en alguna cara, roturas en las esquinas de las piezas o roturas o desconchados de los bordes sí son defectos, siendo motivo de rechazo inmediato tal como indica la normativa al respecto. Frecuentemente, estas particularidades son desconocidas por promotores, constructores o particulares que a menudo solo tiene acceso a una muestra del material. Para evitar acabar en un conflicto, es muy importante que el suministrador proporcione una muestra de referencia, antes del comienzo de una obra, muestra que debe ser aceptada por todas las partes (suministrador, constructora, dirección de obra, propiedad, etc) y que, de alguna manera, mediante imágenes, muestras físicas o criterios, debe reflejarse en contrato. Por otra parte, la muestra de referencia no implica una uniformidad estricta entre la propia muestra y el suministro real, siempre pueden aparecer variaciones naturales de las cuales se desconocen hasta finalizar el proceso de producción.